DECISION
Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la acción de amparo sobrevenido interpuesta por el Abogado CESAR AUGUSTO PALACIOS, titular de la cédula de identidad número V- 18.800.601, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 183.450, quien manifestó estar Actuando en representación del ciudadano AGOSTINO PEREIRA propietario de la Firma Personal CARNICERÍA MODELO, en contra del ciudadano MANUEL ANTONIO BENTACOURT, titular de la cédula de identidad número 16.041.440.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
En la ciudad de Acarigua, a los dieciocho (18) días del mes de julio del año dos mil veinti.....