En suma y con fundamento en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de julio de 2006 por el abogado, Félix Jesús Montes Dávila, en su carácter de Fiscal de la Fiscalía Primera del Ministerio Público con competencia en todo el Estado Portuguesa en materia de Drogas, Salvaguarda, Bancos, Seguros y Mercadeo de Capitales del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Extensión Acarigua de este Circuito Judicial Penal, en fecha 29 de junio de 2006, mediante la cual decreto el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano JOSE LUIS GOYO LOPEZ de conformidad con el artículo 318 numeral 4 del Código .....