En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD; al acusado ciudadano Nersy José Da Cruz Hidalgo, titular de la cedula de identidad N° 17.854.162, natural de Guanare, estado Portuguesa, nacido en fecha 29-05-1987, casado, albañil, Sector Veragacha, Urbanización Rigoberto Quiroz, calle 08 con calle 09 casa No. 2 de Barquisimeto estado Lara, quien fue aprehendido por funcionarios policiales del estado Lara, por presentar orden de captura librada por este tribunal en fecha 17-01-2008, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251, ambos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, declarándose por ende sin lugar lo solicitado por la defensa; líbrese boleta de encarcelación ordenada su reclusión en la Comandancia General de Policía del Estado Port.....