Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO, propuesta por la ciudadana BELKIS VICTORIA SALAZAR TORRES, en contra del ciudadano GUILLERMO HERRERA SMITH, antes identificados, de conformidad con lo previsto en el Numeral 2º del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, conforme al artículo 184 Eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos en fecha 14 de Diciembre de 2004, por ante la Plaza de la Ciudad de la Habana Cuba, según Número de Registro Matrimonial llevada por ante ese despacho tomo 36, folio 99, la cual posteriormente fue inserta por ante la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare, Estado Portuguesa en fecha 10 de Mayo del 2006, f.....