Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS ALEXI LOPEZ ALVAREZ titular de la cédula de identidad Nº 9.531.175 contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE ONOTO DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: Se condena a la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DE ONOTO DEL ESTADO PORTUGUESA a cancelar al ciudadano LUIS ALEXI LOPEZ ALVAREZ titular de la cédula de identidad Nº 9.531.175 la cantidad de SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS UN BOLÍVAR CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 63.601,75).
TERCERO: No hay condenatoria en costas al ente municipal demandado de conformidad con el artículo 74 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
CUARTO: En atención a los privilegios procesales que tiene el .....