DISPOSITIVA
Este Tribunal en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Portuguesa, haciendo uso de la facultad que le confiere el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, MODIFICA el beneficio de Pre-libertad en Régimen Abierto, como fórmula de cumplimiento de la pena que le fuere impuesta al ciudadano MEDINA ALVARADO FRANKLIN JOSE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 17.882.487, y residenciado en el Barrio El Milenium, sector la Invasión, calle principal, casa s/n, Guanare estado Portuguesa, de conformidad con el articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena citar al penado antes mencionado, para que comparezca al recinto de este Tribunal, a fin de notificarlo de la presente decisión e imponerlo de las condiciones impuestas, quien se comprometerá a cumplirlas, una vez levantada el acta.
Háganse las participaciones que haya lugar. Cúmplase.
Notifíquese, déjese copia y regístres.....