DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal en función de Control Nº 01. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, habiendo garantizado los derechos constitucionales y legales de LUIS ANGEL ANTONIO PEREZ CASAMAYOR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos, 60 y 80 Código orgánico Procesal penal aplicado supletoriamente de conformidad a lo establecido en el articulo 537 de de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA reingresar al joven LUIS ANGEL ANTONIO PEREZ CASAMAYOR, antes identificado, y DECLINA EL CONOCIMIENTO DEL PRESENTE ASUNTO al Tribunal de Juicio Sección Adolescente del Estado Yaracuy por encontrase solicitado según expediente UPO1-D-2015-000029 por el delito de Homicidio Calificado por el Juzgado de Juicio de Adolescentes de San Felipe Estado Yaracuy, a los efectos de que su Juez natural resuelva sobre su situación.....