DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar al ciudadano FRANCISCO PÉREZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.104.281, como el ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por la causante JOSEFINA SÁNCHEZ DE PÉREZ, quien en vida era venezolana y portador de la cédula de identidad N° V-1.107.034, de 84 años y residía en el Barrio Campo Lindo en la calle 27, casa S/N, Acarigua del Estado Portuguesa, fallecido ab-intestato el día 14 de Abril de 2016, según consta de Acta de Defunción Nº 518, inserta por el Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, quien fue esposa del solicitante FRANCISCO PÉREZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.104.281 respectivamente, y así se Decide y Establece.