Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO. Admite la apelación ejercida por el Abg. JOSE JESUS TORRES LEAL, en su condición de Fiscal Segundo (encargado) del Ministerio Público, contra la decisión de fecha 19-12-2003, por ser impugnable y recurrible, conforme al artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal. Provéase lo conducente. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año dos mil cuatro (2004)
Joel Antonio Rivero.
Juez Presidente de la Corte de Apelaciones,
Alexis Parada Prieto. Moraima Look Roomer.
Juez Superior Juez Superior
Ponent.....