Por los anteriores razonamientos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: se declara la improcedencia del fraude invocado por la parte demandada ciudadana SORANGEL JOSEFINA COLMENAREZ GUEVARA.
SEGUNDO: se declara CON LUGAR la pretensión de Petición de Herencia incoada por los ciudadanos RAFAEL RAMÓN VELA CASTRO y MARÍA BETANIA VELA CASTRO contra la ciudadana SORANGEL JOSEFINA COLMENAREZ GUEVARA.
TERCERO: se ordena a la parte demandada ciudadana SORANGEL JOSEFINA COLMENAREZ GUEVARA hacer entrega a los ciudadanos RAFAEL RAMÓN VELA CASTRO y MARÍA BETANIA VELA CASTRO de los bienes mueble e inmuebles que le corresponden como herederos del de cujus JESÚS RAMÓN VELA BURGOS (+), a saber: 1. Una (1) vivienda y terreno ubicado en La Comunidad IV, Urb. José Ant.....