este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en sede Constitucional en nombre de la República por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE in limine litis la pretensión de Amparo Constitucional, intentada por la ciudadana María Elizabeth Caliza Vásquez, asistida por el abogado Nelson Enrique Arrieta Delgado, contra decisión de fecha 26/06/2014, emanada del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco del estado Lara.