Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO.- Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Miguel Hernández, en su carácter de Co-Apoderado Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL BELLO, BELLO Y CIA (HELADERÍA RICO CREMA), inscrita inicialmente en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa del 09 de enero de 1992, bajo el Nº 7482, folio 255 al 257, del tomo 61, con modificación inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Portuguesa, el 30 de julio del 2001, bajo el Nº 50, del tomo 8-4, representada por el ciudadano ENRIQUE BELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E- 695.623, de este do.....