Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, MODIFICA el tiempo acordado para la suspensión condicional de la ejecución de la pena, que le fuere acordado en fecha 31-05-2010 al penado SABALLO COLMENARES CRISTOPHER JESÚS, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 24-02-1985, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.646.142, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Simon Bolívar, calle 05, sector 04, casa Nª 9, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el articulo 09 de la Ley sobre el Hurto o Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano Oswaldo Segundo Cadenas Perdomo, quedando el mismo por el LAPSO DE DOS (2) AÑOS, TRES (3) MES.....