este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 (MIXTO) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, (POR UNANIMIDAD) CONDENA al acusado EYDER JOSE PADRON MATUTE, venezolano, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 13-09-0974, casado, profesión u oficio chofer, titular de la cédula de identidad N° 13.703.106, residenciado en el Barrio Villa Pastora, La Placita de las Madres, casa sin numero, Acarigua Estado Portuguesa, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana JOSEFA MIGDALIA PÉREZ ALEJO, imponiéndole la pena de DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES, por aplicación del articulo 37 eiusdem, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1.- La inhabilitación política durante el tiempo de la pena.