DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA, formulado por la ciudadana YENNI DEL CARMEN BASTIDAS RODRIGUEZ , de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil,. Se ordena el archivo del presente expediente.
Dado, firmado, sellado y refrendado, en la sala del Juzgado del Municipio San Genaro de Boconoito con Competencia en Asunto Alimentario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Boconoito a los 18 dias del mes de Marzo del año dos mil Nueve . Años: 199° de la Independencia y 149° de la Federación
El Juez del Municipio
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