Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado 2do de Primera Instancia de Juicio Laboral de la Circunscripción del estado Portuguesa con sede en Acarigua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley procede a HOMOLOGAR el desistimiento del procedimiento incoado por el ciudadano RAFAEL SEGUNDO PATACON RONDON en contra del ciudadano GUILLERMO ANTONIO MONTENEGRO NUÑEZ con motivo al cobro de prestaciones sociales, y en consecuencia le otorga el carácter de cosa Juzgada, extinguiendo de esta forma la instancia conforme a lo dispuesto en los artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil venezolano, aplicado analógicamente de acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el cierre y archivo del expediente, así como su posterior remisión a la Coordinación Judicial para su archivo definitivo. Y así se establece.
Se ordena la publicación del fallo, en esta misma fecha, siendo .....