DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO alcanzado por las partes. Y ASI SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada, Firmada y refrendada en el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los diecinueves días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. AÑOS: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez,
Abg. Haydee Oberto de Colmenares
El Secretario,
Abg. Julio Cesar Duran Betancourt.-
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, siendo las 02:49 p.m. Conste.
HRO/jcdb/Thais Rosales.-