PRIMERO: SE RATIFICA la MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRARIA existente en el lote de terreno denominado "FINCA SAN BENITO", ubicado en el sector La Reforma, parroquia Santa Cruz, municipio Turen del estado Portuguesa, constante de una superficie de SEISCIENTAS SETENTA Y NUEVE CON DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (679 HAS con 2769 M2); alinderado de la siguiente manera: Norte: Caño Carajito; Sur: Caño Paricua; Este: Caño Cajarito y Oeste: Terrenos Ocupados por Juan Figueroa y Benito Clemente, por un lapso de doce (12) meses de acuerdo a la actividad agraria y al ciclo biológico que se desarrolla en el predio, tomando en consideración la existencia de un lote de terreno mecanizado y preparado para la producción agrícola.