D I S P O S I T I V A.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO No 578, de la ciudadana: Neira Regina, llevado por ante el Registro Civil del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, durante el año Mil Novecientos Ochenta y Uno (1.981) dejándose establecido que el verdadero segundo nombre de la solicitante es "REGINA" y no "REJINA" como aparece en la Partida de Nacimiento ya identificada.
De conformidad con los Artículos 503 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítase las copias certificadas.- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA DEL ESTADO PORTUG.....