Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos ITALO JOSÉ VELASQUEZ, FLOR MARIA HORTA VALERA, LUIS ENRRIQUE VELASQUEZ VALERA Y JOSE RAFAEL GUERRA VALERA venezolanos, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, titulares de la cédula de identidad Nros V-12.648.707, V-16.647.070, V-12.894.002, V-10.058.235 y V-12.648.707 respectivamente, la existencia de su condición de Únicos y Universales Herederos, de la De Cujus MARIA REGINA VALERA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-2.729.695, y quien falleció ab intestato, el día 01 de octubre del año 1987, en el Hospital de esta ciu.....