En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Sin Lugar, la recusación interpuesta por los abogados FRANCISCO JAVIER CASTELLANOS y MANUEL RICARDO MARTINEZ RIERA, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano CESAR IGNACIO GARCIA DAVILA, contra el Abogado JOSE GREGORIO MARRERO CAMACHO, en su condición de Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Por cuanto la presente recusación no es criminosa, se ordena a la parte recusante que debe pagar la multa según el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, de Dos Bolívares fuertes (Bs. 2,00), en el lapso de tres días de despacho siguiente contado a partir que le sea entregada la respectiva pl.....