DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara de conformidad con lo previsto en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio Nº acta N° 99, folio 74, levantada de fecha 04 de junio del año 1928, por el antiguo Jefe Civil del municipio Araure estado Portuguesa, expedida de fecha 11 de julio 2022, por el Registro Principal del estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en los artículos 144 y 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil
En consecuencia, SE ORDENA oficiar al Registro Civil del municipio Araure del Estado Portuguesa, a los fines que se corrija por la vía de nota marginal el Acta de Matrimonio antes descrita, en los mis.....