Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ORLANDO ANTONIO VELAZQUEZ VALLADARES, actuando en su condición de representante del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA CONTRALORIA DEL ESTADO PORTUGUESA (SIUNTRACON) parte demandada-recurrente, debidamente asistido por el abogado MANUEL RICARDO MARTINEZ, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 24 de febrero de 2010, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Guanare,
TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS, por la naturaleza del fallo.