En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en funciones de Control N° 2, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: El Tribunal acoge la calificación dada al hecho por el Ministerio Público, tipificada provisionalmente como posesión de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; delito imputado al ciudadano Durán Delgado José Gregorio, venezolano, mayor de edad, natural de Mesa de Cavacas, Guanare, de 31 años de edad, nacido en fecha 19-03-1974, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.716.568 y residenciado en el Barrio La Goajira, calle principal Municipio Guanare estado Portuguesa.
SEGUNDO: califica el hecho como flagrante por cuanto al momento de ser .....