DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones que anteceden este juzgador actuando como juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa extensión Acarigua, ordena el cumplimiento inmediato de la medida de protección a favor de las ciudadanas GLENDA JASMIN JORDAN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.137.159, residenciada en la Avenida 3, con Calle 3, Casa N° 2-97, Barrio Bolívar, Municipio Páez del Estado Portuguesa, y de su hija adolescente SOFIA CECILIA TORRES, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-20.390.667, de 14 años de edad, en la forma y por las razones que quedó expresado anteriormente.