Se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al ciudadano CARLOS JAVIER VILLEGAS HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 16.040.297, residenciado en el callejón 2 barrio Nuevo Turen del estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de MANUEL GUZMAN y MIGUEL FREITEZ.