DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones anteriormente señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio Nº1, constituido en forma Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado JHONNY ANTONIO TOVAR, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.635.764, de 33 años de edad, natural de Acarigua, residenciado en la avenida 27 con calle 36 y 37, casa s/n, al lado de la Bodega Nicanor, casa color naranja, Barrio Andrés Bello, Acarigua Estado Portuguesa, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, a saber: 1º La inhabilitación política durante el tiempo de la condena, y 2º La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, .....