D I S P O S I T I V A
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA, la presente demanda por DIVORCIO, incoada por la ciudadana: FRANCIS MATILDE DEL CORAZÓN DE JESÚS, MERCADO VALDESPINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.538.465; contra su conyugue, ciudadano: PEDRO CASTRO PLACERES, de nacionalidad Cubano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.477.688; todo de conformidad con el Artículo 267 ordinal 1º en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Notifíquese a la parte actora.-
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsi.....