En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA el sobreseimiento de la causa, a fin de que los interesados ocurran ante la Autoridad Jurisdiccional Competente a interponer las acciones que consideren pertinentes.
No hay condenatoria en costas, en virtud, de la naturaleza de la decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE. Notifíquese a las partes. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo. Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
En Acarigua, a los 19 días del mes de Septiembre de 2024.
La Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIER.....