Con base en los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al CONVENIMIENTO realizado por los ciudadanos ARGELIA DEL VALLE BOSSIO DE RODRIGUEZ, MARIA INOSENCIA GALLARDO JIMENEZ, KATIUSKA DEL VALLE RODRIGUEZ BOSSIO y YENIFER COROMOTO RODRIGUEZ BOSSIO, con relación a la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por el ciudadano MANUEL DE GOUVEIA CORREIA, asistido por la abogada EUCARYS PAÉZ GONZÁLEZ, antes identificados.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, queda RECONOCIDO de manera expresa y voluntaria el contenido y la firma del documento de venta pri.....