RESUMEN: Este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Sección Adolescente del Circuito Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara con lugar la solicitud hecha por la fiscal Quinta del Ministerio Público, referida a oír declaración y la imposición de las medidas cautelares previstas en el literal ¿c¿ y ¿f¿, del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, como es la presentación al tribunal mensualmente y la prohibición de comunicarse con el ciudadano Aroldo Ismael Guevara, tal como quedo establecido anteriormente en contra del adolescente identidad omitida ya identificado plenamente. Estas medidas se cumplirán hasta la realización de la Audiencia Preliminar. Quedando las partes notificada de esta decisión.-
En la ciudad de Guanare a los 19 días del mes de Octubre de 2004.
LA JUEZ DE CONTROL NO 2,
ABG. ZORAIDA RAMONA GRATEROL DE URBINA.
.....