DISPOSITIVA.
Por todos los motivos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA CON COMPETENCIA EN MATERIA ALIMENTARIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA incoada por la ciudadana RUDY RAMONA COLMENAREZ GRATEROL, actuando en representación de la niña ROXANA DANIELA ESCORCHE COLMENAREZ, contra el ciudadano RODOLFO MERCED ESCORCHE COLMENÁREZ en su carácter de Obligado Alimentario en la presente causa, ambas partes plenamente identificadas, esto de conformidad con el artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.