Debe esta Juzgadora hacer mención respecto del fallo dictado y recurrido, el cual se dicta en un proceso de naturaleza especial, devenida por declinatoria de competencia a este Tribunal, toda vez que se trata de un procedimiento de naturaleza sumaria, que toca aspectos cautelares, dirigido a proteger los derechos eventuales de los accionistas afectados por las presumibles irregularidades en el ejercicio de las funciones de administradores y comisarios; de allí que se produce la convocatoria de una nueva asamblea de accionistas, para resolver respecto de lo denunciado, asamblea que se constituye como órgano supremo de la sociedad. De allí que, la petición de revocar por contrario imperio de la ley peticionada por el Abogado IGNACIO HERERRA GONZALEZ ya identificado, traduce en dejar sin respuesta jurídica a la parte contraria, en el sentido de estar a la espera de sus resultas en la Alzada, pues ventila sus derechos ante el órgano superior judicial, en el ejercicio de la garantía de dobl.....