este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (UNIPERSONAL) en función de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: NORBERTO JOSE GREGORIO RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.156.648, residenciado en el Barrio Campo Lindo, calle 28 entre avenida 28 y 29, edificio Los Corales, piso 1, apartamento 13 de Acarigua Estado Portuguesa por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de los ciudadanos CRISTIAN REINEL RAMOS OSORIO, WILMER JESUS GARCIA AMAYA, WILLIAM DE NAZARET FALCON ESCALONA, ANYELI MARIA SANCHEZ CASTRO y ROSA MARIA TORRES COLINA todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal