DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada DELIA MONTILLA, en su carácter de Defensora Pública Tercera para el Régimen de Cumplimiento de Pena, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa; en representación de los derechos e interese de los penados ANTONIO JOSÉ CAÑIZALES OLIVA y KEINER RAFAEL JIMENEZ JIMENEZ, contra la decisión dictada en fecha 27 de agosto del 2014, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal con sede en la ciudad de Guanare ; mediante el cual estimo IMPROCEDENTE el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE EJECUCIÓN DE LA PENA a sus defendidos ANTONIO JOSÉ CAÑIZALES OLIVA y.....