este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, anula la sentencia dictada en fecha 09/11/2015, así como las actuaciones posteriores a esta, de conformidad con el Articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena proseguir la causa en el estado en que se encontraba.