DISPOSITIVA.
Es por las razones expuestas, que este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA decretar la Detención Preventiva prevista en el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA.
Se acuerda la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario y la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia Quinta del Ministerio Público.
Se ordena el reingreso del adolescente IDENTIDAD OMITIDA al Centro de Diagnostico y Tratamiento Acarigua I.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad l del Adolescente. Extensión Acarigua, en Acarigua. A los diecinueve días de mes de Diciembre de dos mil cinco.
LA JUEZ DE CONTROL N° 01.
ABG. CARMEN XI.....