Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL CORPORAL, al ciudadano Peraza Cortez Douglas Enrique, titular de la cédula de identidad N° 13.740.537, natural del caserío el Zamuro Estado Portuguesa, hijo de Santos Audon Peraza y de María Juana Cortez, obrero, soltero y residenciado en el caserío el Zamuro vía Acarigua, por cumplimiento de la misma, por el delito de Robo Agravado y Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en los artículos 460 y 418 del Código Penal , en perjuicio Camacho Edecio y Otros, quedando sujeto a las penas accesorias de ley
Regístrese, notifíquese, ofíciese lo conducente, déjese copia y Archívese.-
El Juez de Ejecución N° 1,
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
El Secretario.,
Abg.Giuseppe Paglioc.....