A solicitud de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, se decreta el sobreseimiento de la causa, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, vigente para la fecha en que se cometió el hecho, conforme a lo establecido en el artículo 318, numeral 3º en concordancia con lo establecido en el artículo 48, numeral 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse la acción penal prescrita.
A solicitud de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, conforme a lo establecido en el artículo 318, ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento de la causa, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, vigente para la fecha en que se cometió el hecho, en relación al ciudadano ELITO RAMON PIÑA LOPEZ, en virtud qué de las averiguaciones realizadas no se pudo incorporar más datos a la investigación......