República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
Acarigua, veinte (20) de enero del Dos Mil Once
200° y 150°
Visto el escrito presentado por la Abogada DINORAH JOSEFINA ROJAS, en su carácter parte actora en la presente causa, el cual riela al folio treinta y cinco (35), en virtud del cual pide se declare confeso al intimado, en razón de haber operado la intimación presunta, toda vez que el intimado en fecha 11 de noviembre de 2010, otorgó poder apud-acta a la abogada Adela Herrera Escalona, (folios 14 y 15) y en consecuencia, a partir de esa fecha debe computarse los diez (10) días, más uno de distancia para que el intimado hiciera oposición al decreto de intimación.
El Tribunal para decidir observa:
Se aprecia en el expediente, a los folios 14 y 15, que el intimado compareció en fecha 11 de noviembre de 2010 y otorgó poder apud acta, a la abogada Adela Herrera Es.....