Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado THOMAS ALZURU, en su condición de apoderado judicial de los demandantes ciudadanos JESÚS NATIVIDAD ORTEGA ABREU, CARLOS JOSÉ RODRIGUEZ MARTINEZ, EVER EDUARDO QUINTERO DIAZ, JOSÉ RAMÓN VIVAS ESPINOZA, PITER ANDRES CHIRINOS MORALES, YLFRAN MIGUEL ESCALONA, HECTOR ENRIQUE AMARIS JULIO y JESÚS PATRICIO CASTILLO contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa con sede en la ciudad de Acarigua, de fecha 07 de noviembre del 2011, de conformidad con lo establecido en el articulo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: NO SE CONDENA EN COSTAS a los demand.....