D I S P O S I T I V A
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara SIN LUGAR la demanda de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana DELLIVE GARCÍA RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V-13.738.045, actuando en nombre y representación de sus hijos, la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley antes identificados, en contra del ciudadano WILMER JOSÉ ROSARIO QUEVEDO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.905.908, por cuanto ya fue revisada recientemente, siendo las misma partes y el mismo objeto del proceso. Y ASÍ SE DECIDE.-
Publíquese y regístrese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección del Niño, Niña y del Adolesce.....