Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SANCIONA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado plenamente, con la medida de LIBERTAD ASISTIDA, establecida en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de UN (01) por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 (hoy 458) del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Mireya Yaneth Morales Ramos, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en relación con el primer aparte del artículo 80 eiusdem, en perjuicio de la ciudadana Carmen Omaira Márquez, y PORTE ILICITO DE CARTUCHO PARA ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley de Refo.....