Por todas las consideraciones que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: RATIFICAR la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad, contenida en el artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal; decretada contra el imputado WILMER ALBERTO HERRERA SOTO, por la comisión delitos de por los delitos de SECUESTRO previsto y sancionado en el articulo 460 primer aparte del código penal, cometido en perjuicio del ciudadano CHARLES HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, en consecuencia SE DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE REVOCACIÓN DE MEDIDA PLANTEADA POR LA DEFENSA. Notifique. Regístrese, Publíquese, Diarícese, déjese copia. Cúmplase.