En virtud de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 29/01/2014, ante este Tribunal de Alzada, por la abogada Katiuska Betancourt Bustamante, en su carácter de co-apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "Empresas Garzón, C.A.", recurso que ejerció en contra del auto dictado por el Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 21/01/2014, que negó oír la apelación interpuesta por el abogado Durman Rodríguez, en su carácter de co-apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "Empresas Garzón, C.A.".
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.