DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: SE DECRETA la Aprehensión del ciudadano Yender José Arroyo Rivero COMO FLAGRANTE; DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD del imputado Yender José Arroyo Rivero, venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.938.775, soltero, de ocupación no indica, con fecha de nacimiento 11/10/1990 y residenciado en Barrio san Antonio, calle 01, casa sin número, Guanare Estado Portuguesa; por estimarlo responsable en el tipo penal de Hurto Calificado; previsto y sancionado en el artículo 453.4, en relación con el artículo 80 del Código Penal., en perjuicio del ciudadano Félix Hache Valencia y SE ACUERDA la Aplicación del Procedimiento Ordinario, todo de conformidad con lo es.....