DECISIÓN
Por todo los razonamientos antes expuesto este Tribuna de Primera Instancia Penal en funciones de Control, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR LA EXTINSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con los artículos 318 ordinal 3°, 45 y 48 ordinal 7° todos del código orgánico procesal penal, a favor del ciudadano: JOVANNY ALEXANDER ESCALONA RAMONES, venezolano, de 26 años de edad, FN-29-11-77, soltero de profesión u oficio chofer, titular de la cedula de identidad N°V-13.227.077, residenciado en la cale 1, sector 2, casa n 39, Urb. Durigua, Acarigua Estado Portuguesa. por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVISIMA, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° del código penal. Vencido el lapso de apelación remítase las actuaciones al Archivo Regional.
JUEZA DE CONTROL N° 1
ABG. ANA DILIA GIL
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