DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Unipersonal N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JUAN GABIEL PEROZA ALVARADO, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, donde nació el 03-02-1987, de 19 años de edad, soltero, domiciliado en la casa N° 37 del Barrio Andrés Eloy Blanco de Acarigua Portuguesa y titular de la cédula de identidad N° V- 21.396.587, debidamente asistido por la defensora Pública Abogado Lila Torrealba; por la comisión del delito de Robo Agravado previsto sancionado en el artículo 458 del Código Penal y Robo agravado de vehículo automotor previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1,2,3 y 8 de la ley sobre el hurto y el robo de vehículos automotores en perjuicio del ciudadano Richard Rodríguez Sánchez, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS D.....