Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA TOTAL, al ciudadano Ramos Luis Rafael, venezolano, mayor de edad, Soltero, técnico de refrigeración, titular de la cédula de identidad N° 8.561.809, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 08/05/1956, de 52 años, domiciliado Barrio Maturín, carrera 09, Nº 127-06, Guanare Estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma, por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el articulo 460 del código penal, vigente para la época, en perjuicio del agraviado Luis Rafael Munoz Torres, todo de conformidad con el articulo 105 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal.