DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la presente causa y luego de exponer los fundamentos de hecho y de derecho El Tribunal dicta el siguiente pronunciamiento en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Se Desestima la Acusación Fiscal y SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de JAIME ALBERTO MONSALVE RIVERO, por el supuesto delito de Violencia Física y Amenaza, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de CARMEN VICTORIA GOMEZ ESPINOZA y cesan las medidas de protección que le fueran impuestas. Se acuerdan las copias para las partes y finalmente se ordeno remitir en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Regional.
LA JUEZA DE CONTROL Nº 03
Abg. ANA DILIA GIL DOMINGUEZ
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